viernes, 24 de abril de 2009

ACTIVIDADES AGRÍCOLAS

Plantea reformar ley sobre alquileres

"Propietarios de viviendas no llevan los depósitos al Banco Agrícola"


SANTO DOMINGO.- El administrador del Banco Agrícola, ingeniero Paíno Abreu Collado, planteó la necesidad de reformar la Ley 4314 sobre alquileres, con el objetivo de que la institución pueda captar más recursos financieros para transferirlos a la producción de alimentos en la zona rural.

Aseguró que si todos los depósitos de alquileres de viviendas y locales comerciales se llevaran al Bagrícola como indica la ley, la agricultura y la ganadería tendrían asegurado el financiamiento que necesitan a una tasa de interés muy baja.

Dijo que la actual legislación no obliga a los propietarios de inmuebles, sean estas viviendas o locales comerciales, ni a las empresas u oficinas de abogados que hacen de administradores, a depositar los avances de alquileres que reciben de los inquilinos, lo que, a su juicio, no se corresponde con el espíritu de esa ley.

Lamentó que desde el 22 de octubre de 1955, fecha en que entró en vigencia la Ley 4314, la cual autorizaba a la entonces Dirección General de Rentas Internas a recibir los depósitos por alquileres, apenas se han acumulado 305.4 millones de pesos, y que según las proyecciones podrían alcanzar los RD$10,000 millones, con una reforma de la actual legislación.

Aclaró que la Ley 17-88 del año 1988, que modificó la 4314, autorizó al Banco Agrícola a ser el depositario de los avances de las rentas de viviendas, pero que la misma sólo es cumplida por propietarios y abogados cuando tienen problemas con los inquilinos.

Abreu Collado expresó que la Ley 17-88 establece que el propietario del inmueble debe llevar el depósito de alquiler al Banco Agrícola en un plazo de 15 días a partir de la firma del contrato, y de no hacerlo en ese tiempo, entonces debe pagar un recargo de 10 por ciento por cada mes de demora, sin que el mismo sobrepase en ningún caso el 50 por ciento de la suma recibida como depósito o anticipo.

Aclaró que esa penalización prevista en la ley es un valor que se agrega al depósito a favor del inquilino, pero no satisface las condiciones que realmente obliguen a hacer los depósitos desde el momento en que se formaliza el contrato de alquiler.

Abreu Collado explicó que también se deben depositar en el Banco Agrícola los pagos mensuales de alquileres que se niegue a recibir el propietario.

El administrador del Banco Agrícola refirió que los depósitos por alquileres en la institución no son gratuitos sino que se les aplica la tasa de interés vigente para las cuentas de ahorros.

Observó que la reforma a la ley no afectaría ningún aspecto social sino que establecería sanciones más severas para los propietarios y oficinas administradoras que no depositen correctamente los adelantos de las rentas de las viviendas en el Banco Agrícola.

Precisó que los propietarios de viviendas o de locales comerciales rentados y los abogados u oficinas que administran estos inmuebles, deben tomar conciencia de que los recursos que depositan en el Banco Agrícola están garantizados y se devuelven al término del contrato de alquiler, pero que mientras están depositados en la institución cumplen una misión sumamente importante para todos los dominicanos, ya que se utilizan en el financiamiento de la producción agrícola y pecuaria, base de la seguridad alimentaria nacional.

Abreu Collado entiende que por su bajo costo y plazos largos, los depósitos de alquileres son es la mejor y más grande fuente de fondeo que utilizaría el Banco Agrícola para captar recursos financieros y luego prestarlos a los productores agropecuarios.

Afirmó que la demanda de crédito en el campo está en aumento, y que la institución debe buscar mecanismos que le permitan captar más recursos, porque la competitividad requiere tecnología y ésta, a su vez, fuertes inversiones que las demás entidades financieras del país no están atendiendo.

OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS.
23 DE ABRIL DE 2009



*Documento de Prensa enviado a hondovallesur@hotmail.com

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